Las atrocidades del pensamiento

A propósito del caso de María Laura Víquez, entre mis papeles viejos guardaba un fragmento de una vieja sentencia (1934) con unas argumentaciones del juez que se para el sol a verlas. No pude resirtirme y las comparto aquí:

Fragmento de una sentencia del 27 de agosto de 1934 dictada por el Alcalde de Santo Domingo de Heredia.

“Analizando las cosas con valor y sinceridad, llegaríamos a encontrar en un caso de estupro por ejemplo, que cuando la ofendida fuese una moza guapa, rojiza, fresca, de cuerpo incitante, senos erectos, y ojos a los que se asoman hecha incendio de provocación, tales atractivos deben constituir por sí y ante sí un poderoso atenuante a favor del indiciado. Esto, analizando con atención la forma en que se fueron sucediendo los hechos, se llega a la conclusión de que favorece al indiciado un eximente de responsabilidad un impulso irresistible, sea el caso del enamorado (que está en presencia de la joven que motiva sus neuróticos desvelos, hembra que se acerca rozándolo con su cuerpo tibio, embriagándolo con su aliento que se adivina voluptuoso, en "pecado", adelantado la boca en que se oprimen apasionadamente dos labios encarnados y señndo (sic) el nacimiento de un seno donde tiemblan dos palomas de amor… Agréguese a esto la circunstancia de que el manco está en los veinte años, lleno de una virilidad y una pujanza que se deseara tener el juzgado siquiera para dominguear… Y tendrá un cúmulo de circunstancias que constituyen forzosamente un estímulo que no podría resistirse más que un sopenco de capirote, de esos a quienes la benevolencia de viejas cursis señala como "modelos de formalidad". El estupro en los tiempos que corren es un mero accidente susceptible de sucederle al más pasco de los hombres. En arca abierta el justo peca, y las arcas están abiertas de par en par. Se acabaron los tiempos en que los hombres seducían a las inocentes mujeres, ahora las cosas van muchas veces a la "visconversa". Rapto y estupro tuvieron todas la características del delito en tiempos pasados, cuando de la casa modesta de ventanas de rejas se arrancaba con malicia, con dolo y con premeditación la niña angelical y pudorosa, cuyos más atrevidos ímpetus consistieron en lanzar tímidamente una flor o un suspiro. Que un hombre arrancara del honestísimo hogar de aquellos el encanto de la casa, la niña que se cuida apenas con más amor que la clásica begonia de la ventana, era en verdad y en justicia un delito social. En nuestro afán de seguir los juzgadores copiando criterios viejos con ciega perseverancia, sin detenernos a hondar nuestra mente y nuestro corazón en los hechos con un análisis nuevo y vigoroso, llegamos a veces a los absurdo y a lo grotesco. Las ingenuas niñas de ayer se han convertido en las hembras despreocupadas de hoy, que se insinúan e incitan exprofesamente y hasta parecieran muchas veces ir gritando a los hombres la vieja cantinela "cómeme que soy tu melón". Hoy que a vista y paciencia de sus padres la niña cuenta chiles perversos o se aparta con su galán en la oscuridad para estrujarse con él, para deleitarse con él en una continua provocación, el rapto, el tal estupro no deben revestir tal gravedad. El daño social no se opera ahora al deshonrar una mujer que lo calculó y lo quiso así, el mal social es ajeno al hecho mismo, habría que buscarlo caso de existir, en las costumbres de la época, de la educación. Y no vamos a meter en la cárcel a toda la sociedad”.

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